Durante la conferencia de este jueves 2 de octubre, autoridades del gobierno federal presentaron dos nuevas normas emergentes para la distribución y transportación de gas Licuado de Petróleo (LP), las cuales incluyen la certificación de operadores y aparatos para regular los límites de velocidad.
Estas nuevas regulaciones, que serán complemento de la Norma 007, fortalecerán la seguridad industrial y operativa en las actividades de transporte y distribución de gas LP, lo que permitirá a su vez reducir los riesgos a la población y el medio ambiente.
“Todos los vehículos que transporten gas LP tiene que tener un gobernador de velocidad, no pueden ir a máximas velocidades; también deben tener un GPS y va a haber un centro de monitoreo”, explicó la Presidenta Claudia Sheinbaum durante la presentación de estas nuevas normas.
Estas dos nuevas normas emergentes adicionan la certificación de los operadores y la inclusión de aparatos para regular la velocidad, además de contar con la ubicación a través de un GPS, así como pruebas de presión hidrostática.
Las nuevas normas emergentes son las siguientes:
- NOM-EM-006-ASEA-2025 para el transporte de gas LP.
- NOM-EM-007-ASEA-2025 para la distribución de gas LP.
La titular de la Secretaría de Energía (Sener), Luz Elena González Escobar, dijo que con estas dos nuevas normas se fortalecerá el cumplimiento de mantenimiento de unidades vehiculares con un monitoreo desde la dependencia.
Con estas dos nuevas normas se endurecen la regulación para el transporte y distribución de gas LP.
- Es obligatorio presentar el dictamen de cumplimiento del programa anual de mantenimiento ante la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).
- Capacitación teórico-práctica de los conductores a través de un estándar de competencia específico avalado por la Secretaría de Energía.
- El control de velocidad e instalación de GPS obliga a contar con aditamentos de control de velocidad y transmisión de la información del GPS conforme a la regulación de la Comisión Nacional de Energía (CNE).
- Pruebas a recipientes y elementos de seguridad de las unidades de transporte y distribución, las dos nuevas normas obligan a acreditar la realización de inspecciones visuales internas y prueba periódica de presión hidrostática.
- Programa de inspección para el transporte de gas LP, en donde la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), la CNE y ASEA serán las dependencias encargadas de realizarlas.
Estas inspecciones conjuntas se realizarán en las Plantas de Distribución con criterios homologados para dar certeza del estado de los componentes de seguridad sobre los siguientes puntos:
- Condiciones físico-mecánicas de las unidades.
- Condiciones y elementos de seguridad del recurrente de transporte.
- Vigencia de los permisos de operación.
- Registro del padrón vehicular.
- Evidencia de cumplimiento de obligaciones de las normas aplicables.
Estas nuevas normas presentadas por el Gobierno Federal serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), forman parte de la nueva política del Gobierno para regular el transporte de combustibles en México.
Con información de agencias
