El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la reforma a la Ley General de Salud para prohibir la venta y suministro de bebidas energizantes a menores de 18 años de edad, además de imponer multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 226 mil 280 pesos, a quienes violenten dicha disposición.
Avanza en San Lázaro prohibición de venta de bebidas energizantes a menores de 18 años
La reforma fue avalada con 401 votos de todos los grupos parlamentarios, el proyecto enviado al Senado de la República para su análisis define dichos productos como las bebidas no alcohólicas adicionados con la mezcla de cafeína y taurina o glucuronolactona o tiamina, así como cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares.
Será necesario presentar identificación oficial
De acuerdo con una adición admitida durante la discusión del dictamen, “la prohibición será aplicable a las categorías de bebidas energetizantes que la Secretaría de Salud determine en la Norma Oficial Mexicana correspondiente como de alto riesgo para menores de edad”.
Los establecimientos comerciales deberán verificar la mayoría de edad mediante identificación oficial válida antes de efectuar la venta de las bebidas.
Con información de agencias
