La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que el Estado mexicano incurrió en graves violaciones a derechos humanos en el caso de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena nahua de 73 años que fue agredida sexualmente por elementos del Ejército en Veracruz en 2007 y falleció a consecuencia de las lesiones y la falta de atención médica adecuada.
En su sentencia, la Corte ordenó a México reabrir la investigación en un plazo razonable para identificar, juzgar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales, y establecer mecanismos que garanticen el acceso efectivo a la justicia. El Estado deberá presentar un informe de cumplimiento en un plazo de un año.
Con cinco votos a favor y uno parcialmente en contra, la CIDH concluyó que México violó los derechos a la vida, integridad personal, salud, vida privada y acceso a la justicia de la víctima, además de incumplir su obligación de investigar con debida diligencia. El tribunal sostuvo que la violación, las lesiones graves y la atención médica deficiente fueron determinantes en la muerte de Ascencio Rosario.
Por unanimidad la Corte dispuso que:
- El Estado mexicano brindará atención médica, psicológica, psiquiátrica prioritaria cultural y lingüísticamente adecuada y efectiva a través de instituciones de salud especializadas a los hijos de la víctima; Francisco, Marha y Carmen Inés Ascencio
- El Estado llevará a cabo las acciones de publicación y difusión de la sentencia y el resumen oficial
- Se realizará un acto público de reconocimiento de responsabilidades internacionales en relación con los hechos
- El Estado otorgará una beca en una institución pública mexicana de educación básica y/o técnica a favor de los hijos e hijas de Julio, Francisco, Martha y Carmen Inés Ascencio para realizar estudios básicos, superiores, técnicos, universitarios o para capacitarse en un oficio
Asimismo, instruyó la creación de un registro nacional de intérpretes y traductores en lenguas indígenas para los sistemas de salud y justicia, y ordenó garantizar la presencia de estos servicios en hospitales y fiscalías de Veracruz, con el fin de eliminar barreras lingüísticas que impidan el acceso a derechos fundamentales.
Ernestina Ascencio fue localizada gravemente herida en febrero de 2007 en la comunidad de Tetlatzinga, municipio de Soledad Atzompa, tras denunciar en náhuatl que había sido violada por soldados. Sus familiares tardaron más de 10 horas en conseguir atención médica, en centros que carecían de traductores. Falleció el 26 de febrero de 2007 en el Hospital Regional de Río Blanco.
El caso fue cerrado inicialmente por autoridades estatales y federales, y en su momento el entonces presidente Felipe Calderón atribuyó su muerte a una supuesta gastritis crónica, versión que fue ampliamente cuestionada. La CNDH emitió en 2007 una recomendación que omitió la violación sexual, la cual fue corregida hasta 2021, sin que a la fecha se haya cumplido plenamente.
La CIDH mantendrá la supervisión del cumplimiento de la sentencia hasta que el Estado mexicano acate todas las medidas ordenadas.
Con información de agencias
