Madrid, España.- La Audiencia Provincial de Madrid confirmó que Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, enfrentará un juicio con jurado por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, aunque fue eximida de las acusaciones por apropiación indebida y corrupción en los negocios privados.
En un auto difundido este jueves, el tribunal ordenó continuar el procedimiento únicamente por esos dos delitos y revocó las medidas cautelares que pesaban sobre Gómez, por lo que podrá recuperar su pasaporte y ya no tendrá que presentarse periódicamente ante la autoridad judicial.
Tribunal ve indicios de tráfico de influencias
Los magistrados consideraron que existen elementos suficientes para sostener que Begoña Gómez pudo beneficiarse de su condición de esposa del jefe del Gobierno para obtener la creación y dirección de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid.
De acuerdo con la resolución, resulta “verosímil” que la investigada aprovechara su posición para conseguir la concesión de la cátedra de manera rápida y sin que existiera un control suficiente sobre el proyecto presentado.
Asimismo, el tribunal cuestionó que Gómez fuera nombrada directora de dicha cátedra cuando, según las investigaciones, no cumplía con los requisitos para desempeñar ese cargo.
Los jueces añadieron que el vínculo matrimonial con la máxima autoridad del Gobierno puede representar una presión suficiente para configurar el delito de tráfico de influencias en determinadas circunstancias.
Malversación sustituye a apropiación indebida
La Audiencia también modificó la acusación relacionada con el desarrollo de un software vinculado a la cátedra universitaria.
Los magistrados concluyeron que el delito de apropiación indebida no era aplicable porque se trataba de un bien intangible y porque esa figura penal corresponde a patrimonios privados y personas que no tienen la condición de funcionarios públicos.
Sin embargo, determinaron que existen indicios para investigar una posible malversación de caudales públicos, al considerar que recursos públicos pudieron utilizarse para financiar el desarrollo de una herramienta digital que presuntamente tendría un uso y titularidad privada.
En el mismo procedimiento también será juzgada la asesora Cristina Álvarez, aunque únicamente por el presunto delito de malversación.
Retiran restricciones y ordenan nuevo procesamiento
El tribunal dejó sin efecto las medidas cautelares impuestas tanto a Begoña Gómez como a Cristina Álvarez, entre ellas la prohibición de salir de España, la entrega del pasaporte y la obligación de firmar cada quince días ante la autoridad judicial.
Además, instruyó al juez Juan Carlos Peinado a elaborar un nuevo auto de procesamiento ajustado a los delitos que la Audiencia considera procedentes.
En cuanto al empresario Juan Carlos Barrabés, los magistrados ordenaron separarlo del procedimiento con jurado y continuar la investigación sobre la legalidad de los contratos públicos que obtuvo.
Caso inició en 2024
La investigación comenzó en abril de 2024, cuando el juez Juan Carlos Peinado admitió una denuncia presentada por el autodenominado sindicato Manos Limpias, basada en diversas informaciones periodísticas sobre la actividad profesional de Begoña Gómez.
Tras conocerse la resolución, fuentes del Gobierno de España reiteraron que se trata de una causa con motivaciones políticas, insistieron en la inocencia de la esposa del presidente Pedro Sánchez y señalaron que el proceso se originó a partir de una denuncia sustentada en informaciones que consideran falsas.
Con información de EFE
